TSE declara inadmisible amparo contra Fuerza del Pueblo

Deja en fallo reservado caso contra el PRM
Santo Domingo. El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible un proceso incoado contra el Partido Fuerza del Pueblo (FP) y dejó en estado de fallo reservado otro recurso interpuesto contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM). Se trata de los expedientes TSE-05-0009-2025 y TSE-01-0220-2024.
En cuanto a la “Acción de Amparo Electoral”, correspondiente al expediente TSE-05-0009-2025, sometido el 5 de septiembre del presente año por las ciudadanas Ángela Melanea Gómez Polanco y Jazmín Altagracia Polanco Valdez contra el Partido Fuerza del Pueblo, el Tribunal acogió el medio de inadmisión planteado por la parte accionada.
La decisión fue adoptada por el Tribunal, integrado en esta ocasión por su presidente, el magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, junto a los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García y Pedro Pablo Yermenos Forastieri.
La Alta Corte fundamentó su decisión en virtud de lo previsto en el artículo 70, numeral 1, de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales, así como el artículo 132, numeral 1, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, por existir otra vía jurisdiccional para reclamar los derechos alegadamente vulnerados, que es la impugnación relativa a conflictos intrapartidarios, habilitada por los artículos 12 numeral 2) de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral núm. 39-25, y reglamentado en los artículos 92 y siguientes del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.



